3 MINUTOS DE ODIO
"Enfermo [Live]"
The Homeless Bones
"Toros de España"
En España me he cabreado por otro motivo: no comprendo el sentido de la SGAE [lo pronuncia tal y como suena en castellano]. Es algo que no me entra en la cabeza. The Evens no tenemos ni una sola de nuestras canciones registradas porque considero que nadie tiene derecho a llevarse ningún porcentaje de un trabajo que hago yo, edito yo y toco yo en directo. Y no tengo ningún problema a este respecto en ningún país excepto en España. ¿Por qué tengo que darle un porcentaje a una asociación que no va a hacer nada por mí, puesto que vivo en otro país? ¡Es absurdo!
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Además de los 1.100 euros del canon por la televisión, la entidad exige a un jubilado de Mazaricos el pago en ocho días de las costas e intereses de la demora.
Los intentos de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por aumentar la cuantía económica que generan los derechos de propiedad intelectual de sus asociados no dejan de causar sorpresas a cada paso. En esta ocasión el objetivo de los servicios jurídicos de la entidad, que, al parecer, aglutina a más de 90.000 artistas, no es otro que un bar de Mazaricos que lleva cerrado nada menos que 23 años.
El dueño del local, ya jubilado, no podía salir de su asombro al recibir la comunicación de la SGAE en la que se le reclamaban un total de 1.100,52 euros en concepto de un supuesto contrato suscrito en su día por la modalidad de televisión de su establecimiento. A esta cantidad habría que sumar además, tal y como se apunta en el propio escrito, las costas e intereses de demora correspondientes al período transcurrido entre enero del 2003 y septiembre del 2008. De lo contrario se le amenaza con recurrir a los tribunales de Justicia.
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La noticia saltó a la palestra en abril de 2006. La Sociedad General de Autores y Editores ganaba un pleito por la utilización de música en una boda para la que no se habían pagado los pertinentes derechos de autor. La cosa fue aún más esperpéntica de lo que ya de por sí parece: la SGAE contrató a un detective que se coló en la boda y grabó un vídeo, que fue aportado como prueba en el juicio pertinente, y posteriormente rechazado al considerar que vulneraba el derecho a la intimidad. Dio exactamente igual: el salón de bodas fue condenado a pagar 43.179 euros a la SGAE.
Ahora, más de dos años después, la Agencia Española de Protección de Datos ha condenado a la SGAE a pagar 60.101 euros por grabar el vídeo sin permiso, ya que este constituyó «una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen». Sobran las palabras.
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